El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de ayer martes, 25 de abril, el Decreto que establece el Calendario Oficial de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 2018.
Según este Decreto, el próximo año 2018 tendrán la consideración de días inhábiles en Euskadi a efectos laborales, retribuidos y no recuperables, todos los domingos y las siguientes festividades:
1 de enero
6 de enero
29 de marzo
30 de marzo
2 de abril
1 de mayo
15 de agosto
12 de octubre
1 de noviembre
6 de diciembre
8 de diciembre
25 de diciembre
A partir de la publicación de este Decreto, y a través de las Delegaciones de Trabajo y Justicia, se establecerán, a propuesta de los Plenos de los Ayuntamientos, dos fiestas más de carácter local. Estas podrán ser comunes o no en los distintos términos municipales de cada Territorio Histórico.