«La acusada no abofeteó a su hijo para causarle una lesión, su intención era clara y trataba de poner fin a la actitud violenta del menor, que es el que primero acude a un acto físico de fuerza, y a su comportamiento totalmente despectivo hacia ella, negándose a algo tan lógico como poner el desayuno»
El titular del Juzgado de lo Penal Número 2 de La Coruña, José Antonio Vázquez Taín, ha dictado sentencia absolutoria para una madre a la que su hijo de 11 años interpuso denuncia de maltrato física porque le había dado un bofetón.
El niño recibió un bofetón de su madre tras negarse en actitud desafiante a poner el desayuno, hecho que el magistrado entiende «justificado» frente a la actitud de «síndrome del emperador» de su hijo, por lo que ha absuelto a la procesada.
Así se señala en el fallo, en el que el magistrado explica que «los hechos han sido puntuales y con provocación por el menor».
Según el relato de hechos probados, cuando el niño tenía 11 años, en el domicilio de la mujer en La Coruña «como quiera que el menor hacía caso omiso a sus indicaciones de que colaborase poniendo el desayuno, pues permanecía escuchando música, y debido a que no sólo no obedeció sino que llegó a arrojar el teléfono, a fin de que depusiese su actitud rebelde y violenta, le dio un bofetón muy fuerte la altura del pómulo izquierdo».
El juez añade que, con posterioridad a una nueva discusión entre madre e hijo, cuando el menor pretendía irse de casa, la mujer «intentó evitar que el pequeño saliese, para lo cual le agarró por la parte posterior del cuello, causándole un arañazo».
La defensa pedía la absolución de la madre y el Ministerio Fiscal, por su parte, solicitaba una pena de 35 días de trabajos en beneficio de la comunidad y prohibición de comunicarse con su hijo y de aproximarse a él, y al domicilio donde viviera, durante seis meses y un radio de 50 metros.
El menor reconoce que la madre le ordenó poner el desayuno y él se negó, y admite que «mantuvo su actitud, pues estaba escuchando música en su teléfono nuevo de alta gama». «Y aunque niegue haber arrojado el teléfono, sus dudas al contestar indican que de algún modo lo tiró. Puede que simplemente lo lanzase al suelo, ni siquiera a su madre», concreta el juez.
«Está claro que la actuación del menor es totalmente equivocada», subraya el juez en el fallo, en el que añade que, «por suerte, su familia es acomodada y puede permitirse tirar el dinero de un teléfono de alta gama, cuyo precio es igual a los ingresos mensuales con los que se ven obligados a vivir más del 50% de la población española».
«Su comportamiento no sólo muestra desprecio hacia la autoridad materna, sino también hacia el esfuerzo y trabajo que supone ganar un salario con el que adquirir bienes. Y, además, incurre en el acto de violencia que supone arrojar el teléfono», puntualiza el juez.
Por ello, sostiene en la sentencia que se trata de «una clara exhibición por parte del menor de una actitud de síndrome de emperador, que únicamente busca humillar y despreciar a su madre».