La Audiencia de Álava ha ratificado que Kutxabank debe eliminar la comisión de dos euros por ingresos en efectivo por «cobrar dos veces por el mismo servicio»: al titular de la cuenta que recibe el ingreso, mediante la comisión de mantenimiento que incluye la gestión de cobro de recibos, y a quien realiza el ingreso, que debe pagar esa comisión.
EKA/ACUV ha recordado que el Banco de España estableció en una circular que no podrán cargarse comisiones o gastos por servicios no aceptados o no solicitados en firme por el cliente y, en este caso, el cobro de dos euros a quien hace un ingreso en cuenta ajena supone una «imposición arbitraria».
Ese usuario estaría, en ese momento, «pactando tácitamente con la entidad la prestación de un servicio, contrato verbal y atípico, y por el que se le exigen dos euros sin previo aviso ni negociación», dice la sentencia.
Además, se señala que estos dos euros es una cantidad que no es proporcional a la cuantía del ingreso. «Se cuantifica en dos euros independientemente de la cantidad principal, siendo que no es lo mismo pagar un recibo de cuatro euros que uno de doscientos, ya que en el primer caso dos euros supondría el cincuenta por ciento».