La nueva ley reguladora de los contratos hipotecarios introducirá importantes novedades que van desde la eliminación de las cláusulas suelo, hasta un nuevo reparto de los gastos de la hipoteca o más transparencia a la hora de conceder préstamos para la compra de una vivienda. Esta normativa está pendiente de ser aprobada por el Senado y una vez tenga luz verde, entrará en vigor 30 días naturales tras su publicación en el BOE.
El texto remitido al Senado señala que “en las operaciones con tipo de interés variable no se podrá fijar un límite a la baja del tipo de interés”, es decir, acaba con las cláusulas suelo, si bien matiza que “el interés remuneratorio de dichas operaciones no podrá ser negativo”. Esto significa que la banca no pagará al hipotecado los intereses si el euríbor vuelve a terreno negativo.
Esta nueva directiva ya lleva un retraso en su entrada en vigor de casi tres años, por lo que en la actualidad se juega una multa de 100.000 euros por cada día de retraso.
Entre las medidas más destacadas que contemplará la nueva ley está una protección a los autónomos a los que se les considerará también consumidor hipotecario. También se restringirá que el sueldo de los empleados de banca esté relacionado con el volumen de crédito aprobado para evitar una concesión hipotecaria irresponsable y se les exigirá más capacitación.
En cuanto a la mayor transparencia, la norma permite dar toda la información hipotecaria al cliente al menos 10 días antes de la firma del contrato.
También traerá cambios sobre la cláusula de vencimiento anticipado. El banco solo podrá activar esta cláusula si el impago del cliente supera las 12 mensualidades o un importe equivalente al 3% del préstamo durante la primera mitad de vida de la hipoteca. Pasado ese momento, el plazo es de 15 mensualidades o del 7% del importe del préstamo.
En estos nuevos plazos debemos tener en cuenta que, en ocasiones, el impago de las 12-15 mensualidades puede superar el 3%-7% del importe del préstamo, por lo que el banco podría activar la cláusula de vencimiento anticipado antes de dicho plazo y siempre que el impago supere el porcentaje correspondiente.
Otro de los cambios importantes es la nueva repartición de los gastos hipotecarios. La banca se hará cargo de todos, a excepción de la tasación, que deberá pagarla el hipotecado. Es decir, la banca pagará el AJD, los gastos de gestoría y notaría.
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