La sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha reconocido como accidente de trabajo el ataque de ansiedad sufrido por una auxiliar de enfermería de la residencia San Andrés de Eibar en 2018.
La auxiliar de enfermería objeto de la sentencia padeció el ataque de ansiedad «al verse involucrada en una discusión entre otra compañera y una supervisora», por lo que acudió a urgencias y estuvo «mes y medio de baja».
En ese instante la mutua Fraternidad rechazó hacerse cargo del tratamiento y de la prestación económica por accidente de trabajo. No obstante, la sentencia del TSJPV considera que el origen de la baja médica fue laboral al haberse producido en tiempo y lugar de trabajo.