El Congreso aprobó en diciembre la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, por lo que a partir del 23 de marzo se aplicarán estas nuevas normas en las carreteras del Estado español:
-Prohibición de superar la velocidad máxima permitida en cualquier carretera cuando estamos adelantando a otro vehículo. Hasta ahora, esta se podía superar en 20 kilómetros por hora, pero ahora no se podrá rebasar en ningún caso la velocidad máxima de la vía.
-Adelantar a las bicicletas sin respetar la distancia de seguridad de 1,5 metros como mínimo traerá una pérdida de 6 puntos.
-Estará penalizado con la pérdida de 6 puntos arrojar a la vía objetos que podrían ocasionar incendios, como un cigarrillo, o accidentes.
-Sujetar con la mano un teléfono móvil mientras conducimos conllevará perder 6 puntos en el carnet.
-No usar adecuadamente el cinturón de seguridad en cualquier tipo de vía llevará ahora una pérdida de 4 puntos en el carnet. Se castigará con la misma pérdida de puntos no utilizar los sistemas de retención infantil o similares.
-Se refuerza el control sobre el uso de cascos y sistemas de protección en ciclomotores. No llevarlo adecuadamente supondrá perder 4 puntos. Sí podrán utilizarse, en cambio, dispositivos inalámbricos para la comunicación, siempre que estén certificados u homologados.
-Está prohibido llevar inhibidores de radares o cinemómetros, aunque no estén conectados. Suponen una pérdida de 3 puntos en el carnet.
-Aparcar en una vía para ciclistas será considerado una infracción grave.