Las condenas firmes relacionadas con delitos contra la libertad sexual serán revisadas de oficio por la Audiencia de Gipuzkoa en los casos en los que la pena impuesta sea superior o más grave que la pena máxima establecida por la nueva ley de «solo sí es sí».
Así, se aplicará «la ley más favorable a la persona acusada en los procedimientos que se encuentren en trámite y los que estén pendientes de recurso».