- Dar positivo se considera una infracción muy grave que conlleva sanciones de 500 a 1.000 € y la retirada de hasta 6 puntos
Con la llegada del verano la Ertzaintza, en coordinación con las policías locales, refuerza los controles preventivos de alcohol y drogas a las personas conductoras. En concreto, el refuerzo se llevará a cabo del 17 al 23 de junio, del 1 al 7 de julio y en agosto: todos los fines de semana, así como los días 5, 6, 12, 16 y la semana del 19 al 25.
Tal y como recoge la Ley de Seguridad Vial (LSV) y el Reglamento General de Circulación (RGC), someterse a dichos controles es obligatorio para todas las personas conductoras que sean requeridas por parte de la autoridad o sus agentes en un control preventivo. En caso de negarse se les podría imputar un presunto delito contra la seguridad vial y una sanción de 1.000 €.
Según la Directora de Tráfico del Gobierno Vasco, Estibaliz Olabarri: “Está demostrado que el consumo de alcohol o drogas merma las capacidades de la persona conductora. De hecho, su consumo es uno de los factores concurrentes en los accidentes con víctimas mortales y/ó personas heridas graves, junto con la velocidad inadecuada y las distracciones. Estos controles tratan de concienciar a la ciudadanía sobre esta realidad, porque en la carretera la vida puede cambiar en un segundo.”
Control de alcoholemia
El control de alcoholemia comprende dos pruebas de aire espirado entre las que median, al menos, diez minutos.
Una vez aplicados los márgenes de error:
- Si el resultado es inferior a 0,25 miligramos de alcohol por aire espirado, (0,15 para personas conductoras profesionales y aquellas con menos de 2 años de antigüedad en su licencia o permiso de conducción), la persona conductora podrá seguir su ruta.
- Si el resultado es superior a 0,25 (ó 0,15) e inferior a 0,60 miligramos de alcohol por aire espirado, la persona conductora incurrirá en una infracción administrativa. Si es superior a 0,60, se considerará un delito contra la seguridad vial.
- Si las y los agentes observasen signos evidentes de ingesta de alcohol que afecten a la conducción, procederán a la imputación de un posible delito contra la seguridad vial por conducción bajo los efectos del alcohol.
Si el resultado de la prueba es positivo, a petición de la persona interesada o por orden judicial, se podrá repetir a efectos de contraste, preferentemente mediante análisis de sangre (salvo causas excepcionales debidamente justificadas) realizado por personal sanitario.
En caso de negativa a realizar la prueba o de que ésta de positivo, se inmovilizará el vehículo, salvo que pueda llevárselo otra persona, tras realizar la prueba y dar negativo.
La infracción por resultado positivo se considera infracción administrativa muy grave y se sanciona con 500 € y la retirada de 4 puntos si el resultado es inferior o igual a 0,50 mg/l, y si es superior a 0,50 mg/l e inferior o igual a 0,60 mg/l se sanciona con 1.000€ y la retirada de 6 puntos.
Control de drogas
En el caso del control de drogas el procedimiento es similar con algunas particularidades. La prueba se realiza a partir de una muestra de saliva. Si da positivo, este se confirma en un posterior análisis en laboratorio.
De confirmarse el positivo, se considera una infracción muy grave y se sanciona con 1.000 € y la retirada de 6 puntos.