La condena de cinco años y cinco meses de cárcel establecida por la Audiencia de Gipuzkoa a un hombre por someter a distintos tocamientos de índole sexual a su hija adoptiva cuando la niña tenía siete años ha sido confirmada por el Tribunal Supremo.
Los hechos ocurrieron entre enero de 2018 y julio de 2019, cuando la menor llegó a Gipuzkoa procedente de Colombia junto a su padre adoptivo y la mujer de este. Todos ellos convivieron en diversos domicilios, hecho que el ahora condenado aprovechó para cometer abusos en diferentes ocasiones.
La sentencia recuerda que el acusado, que por entonces tenía 61 años, había adoptado a la víctima cuando aún residía en Colombia, donde mantenía una «relación sentimental» con la madre biológica de la niña, que se quedó en su país de origen.
Además de la citada pena de prisión, el juzgado le inhabilitó durante cuatro años para el ejercicio de los derechos de patria potestad, tutela, curatela y guarda. Asimismo, le impidió comunicarse con su hija y aproximarse a ella durante ocho años, le obligó a indemnizarla con 15 000 euros y le impuso un período de libertad vigilada de siete años una vez excarcelado.