El Gobierno vasco destinará seis millones de euros al programa Indartu de ayudas a empresas que realicen inversiones productivas y generadoras de empleo en las zonas de la Margen Izquierda, Ría del Nervión y Oarsoaldea.
El Plan de Industrialización considera la promoción de inversión productiva generadora de empleo uno de los ejes estratégicos fundamentales que deben orientar la actuación del Gobierno, y el programa INDARTU, se encuentra en consonancia con dicha actuación.
La creación de empleo constituye un factor esencial en este Programa. Se entiende que es necesario establecer los límites adecuados para que puedan tener cabida inversiones en las que se dé una incidencia en cuanto al empleo y contribuyan a crear un denso tejido industrial, potencial generador de mayor riqueza y empleo en el futuro. En consecuencia, la inversión generadora de empleo requerirá de unos volúmenes mínimos que garanticen un efecto inducido significativo.
Las ayudas, asimismo, se estructuran bajo la forma de subvención no reintegrable, lo que conjuntamente con las exigencias anteriores permite configurar empresas con estructuras financieras saneadas y capaces de soportar los años previos a la consolidación de las inversiones.
Las subvenciones a conceder en el marco de la presente Orden adoptarán la forma de subvención no reintegrable y supondrán el 10 % de la inversión susceptible de apoyo.
Las subvenciones tendrán un límite máximo que, en ningún caso, podrá superar la cantidad de 3.000.000 de euros por empresa.
Las grandes empresas, deberán realizar una inversión admitida mínima de 3 M€ y alcanzar una generación mínima de 20 empleos netos; las PYMES, deberán realizar una inversión admitida mínima de 750.000,00€ y alcanzar una generación mínima de 5 empleos netos. También se considerarán las inversiones de las empresas que, aunque no alcancen los mínimos de inversión admitida indicada con anterioridad, generen un mínimo de 100 empleos, en el caso de grandes empresas, y un mínimo de 25 empleos netos, en el caso de Pymes.
Las solicitudes, requerimientos, notificaciones y demás gestiones implicadas en esta convocatoria de concesión de ayudas se efectuaran por medios electrónicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las especificaciones de cómo tramitar, por el canal electrónico, las solicitudes, declaraciones responsables y de justificación de las inversiones realizadas, se cumplimentarán en la dirección de Internet www.euskadi.eus. También el modelo normalizado de solicitud, de declaración responsable y los de justificación.
Se podrán presentar solicitudes desde final de abril a mediados de junio.